lunes, 24 de septiembre de 2007

Navarra en el Estatuto Vasco (II) Artº 6 y 7

Artº 6, 1.- El euskera, lengua propia del Pueblo Vasco, tendrá, como el castellano carácter de lengua oficial en Euskadi, y todos sus habitantes tienen el derecho a conocer y usar ambas lenguas. 2.- Las instituciones de la Comunidad Autónoma, teniendo en cuenta la diversidad socio-lingüística del País Vasco, garantizarán el uso de ambas lenguas, regulando su carácter oficial, y arbitrarán las medidas y medios necesarios para asegurar su conocimiento. 3.- Nadie podrá ser discriminado por razón de la lengua. 4.- La Real Academia de la Lengua Vasca-Euskaltzaindia es la institución oficial en lo referente al euskera. 5.- Por ser el euskera patrimonio de los territorios vascos y comunidades, además de los vínculos y correspondencia que mantengan las instituciones académicas y culturales, la Comunidad Autónoma del País Vasco podrá solicitar del Gobierno español que celebre y presente, en su caso, a las Cortes Generales, para su autorización, los tratados o convenios que permitan el establecimiento de relaciones culturales con los Estados donde se integran o residan aquellos territorios y comunidades, a fin de salvaguardar y fomentar el euskera.
Navarra, por el mero hecho de incorporarse a Euskadi, ya es vasca, incluso los de Pitilla de Aragón. Es así porque lo dice el Lendakari y su Estatuto, y basta ya. Las garantías para que el español esté presente en Euskadi son tan garantes que ni en señales de tráfico, ni en documentación de muchos ayuntamientos, en el nombre de las ciudades, p.e. en vascuence Hondarribia, en español Fuenterrabía, ¿dónde está Fuenterrabía? Y así a patadas. Intente Ud. concurrir a oposiciones en Euskadi y sentirá en sus carnes “la no discriminación por razón de la lengua”, aunque sea de la Ribera.

Artº 7, 1.- A los efectos del presente Estatuto tendrán la condición política de vascos quienes tengan la vecindad administrativa, de acuerdo con la Leyes generales de Estado, en cualquiera de los municipios integrados en el territorio de la Comunidad Autónoma. 2.- Los residentes en el extranjero, así como sus descendientes, si así lo solicitaren, gozarán de idénticos derechos políticos que los residentes en el País Vasco, si hubieran tenido su última vecindad administrativa en Euskadi, siempre que conserven la nacionalidad española.
Indudablemente si la mayoría de los navarros nos volvemos bobos y deseamos ardientemente dejar de ser los que hemos sido desde hace más de XX siglos, y queremos que la España que ayudaron nuestros antepasados a formar se descomponga, lo que nos merecemos es que nos gobiernen desde Euskadi y no ser gobernados por nosotros mismos, como siempre lo hemos sido, y por tanto todos vascos y esclavos del Lendakari que corresponda, eso sí tendríamos como Reyes de los vascos a nuestros Reyes, los navarros. Para este viaje no hacen alforjas. Nos vamos dando cuenta que no se nombra nunca la palabra maldita “España” en el articulado del Estatuto Vasco.

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