Nadie duda que el ostentar el cargo de alcalde/sa es un gran honor, pero es honor remunerado.
Nadie duda tampoco que la alcaldía de una ciudad debe llevar parejo una remuneración por el trabajo y dedicación que ello conlleva.
Si ponemos el símil de una empresa el puesto de director es remunerado, pero tiene una serie de connotaciones que la diferencia de una alcaldía.
El conocimiento del salario de un director es anterior a la toma de posesión del cargo, primera diferencia. Al director le juzgan los accionistas por su rendimiento u objetivos cumplidos, es más una gran cantidad del salario puede ser según los objetivos cumplidos, segunda diferencia. Caso de que los objetivos no se cumplan los accionistas pueden echar al director, sin esperar a que se cumpla el tiempo de contrato, tercera diferencia. Si por un casual el director hace un uso no adecuado, a los ojos de los accionistas, de los fondos de la empresa le pueden hacer una demanda, ya sea un socio único o varios de ellos, cuarta diferencia. Y por último si el director pierde el pleito, normalmente tiene que pagar las costas e indemnizar a la empresa, quinta diferencia.
Existen varias formas de decir una misma cosa, unas más acertadas que otras, pero tratándose de la parte del dinero que aportamos los contribuyentes para pagar los emolumentos a los políticos que hemos puesto con nuestros votos en los sillones del Pleno del Ayuntamiento hay que justificarlo muy bien antes de realizar una propuesta salarial.
No valen las comparaciones que se hacen con el salario que se cobraba antes de la posesión del cargo por varias circunstancias. Primero por que el ir de cabeza en una lista electoral es voluntario y segundo puede llevar consigo la renuncia y/o petición de excedencia del puesto anterior a las elecciones. Todos sabemos que el primer edil que hizo esta comparación, marcando la pauta, fue José Luís Castejón, que como única explicación a la ciudadanía fue que como era lógico él no iba a perder ni una peseta por ser alcalde de Estella.
Estamos de acuerdo con la propuesta que se propuso en el Pleno de Estella, que el sueldo de alcalde/sa debería venir estipulado mediante una Ley u Orden Foral, en base a unos coeficientes que se pactase en el Parlamento de Navarra, cosa que creo que no es posible porque la designación de los emolumentos de la alcaldía y de los concejales es potestad del Pleno y si lo realiza el Parlamento sería tanto como quitar competencias al Pleno, cosa que constitucionalmente sería harto difícil. Ahora que están negociando con Navarra que aprovechen y negocien algunas cosas más.
Lo que si estamos seguros es que decirlo de alguna forma no va a crear nada más que mala imagen en el/la que da ese tipo de explicaciones, y si además la prensa dice la verdad pero no toda la verdad que más quieres Josefina. No se si habrá estado aconsejada por alguien en este asunto pero si es así ¡vaya metedura de pata! Esperamos aprender de los errores.
lunes, 23 de julio de 2007
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